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¿Quién es y qué hacer en caso de ser contacto estrecho de un positivo por Covid-19?

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¿Quién es un contacto estrecho de un positivo por Covid-19?

Definir qué es un contacto estrecho de un positivo por Covid-19 es uno de los puntos clave para frenar los contagios en cada ola. Según el Ministerio de Sanidad un contacto estrecho es “aquella persona que ha estado con un positivo desde 48 horas antes de que inicie los síntomas, o desde 48 horas antes de la realización de la prueba diagnóstica en caso de que sea asintomático.

Otra de las consideraciones para que alguien se considere un contacto estrecho es que haya estado en el mismo lugar de una persona que ha dado positivo a una distancia menor de dos metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos. No tiene por qué haber sido un encuentro de 15 minutos, si no varios encuentros acumulando un total de este tiempo; algo que ocurre con frecuencia entre compañeros de trabajo.

El último informe sobre la ‘Estrategia de vigilancia y control de Covid-19’ también define como contacto estrecho a «cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso o haya estado en contacto con sus secreciones y fluídos«. Eso engloba al personal sanitario o socio-sanitario siempre y cuando no haya utilizado las medidas de protección adecuadas, pero también a miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar.

¿Qué debo hacer si soy contacto estrecho por Covid-19?

En caso de ser contacto estrecho de positivo por Covid-19, debemos seguir dos pasos:

Identificación de contactos

La identificación de los contactos tiene que comenzar desde 2 días antes del caso positivo o de la realización de la analítica en casos asintomáticos. Algunas comunidades están marcando ya 7 días para cubrir cepas nuevas con periodos incubación diferentes.

La fatiga pandémica que cada vez más estamos sufriendo puede llevar a una menor percepción del riesgo y a que a la hora de comunicar con quién se ha estado en contacto seamos menos cuidadosos.

Las empresas están realizando un esfuerzo importante para cumplir las medidas de prevención y evitar al máximo los contagios entre los empleados. Sin embargo, estamos viendo que cuando desde el Servicio de Prevención realizan el rastreo de posibles contactos, en más de una ocasión nos encontramos que durante el tiempo de trabajo se cumplen esas medidas y que es en las horas de descanso, horas de la comida, encuentros con los compañeros, o incluso fuera del trabajo, cuando se incumplen las medidas de distanciamiento y de uso de mascarilla, lo que implica ser considerados contactos estrechos.

Cuarentena obligatoria

Toda persona que sea contacto estrecho, debe realizar una cuarentena de 7 días, o hasta que sea negativo, permaneciendo aislado en su domicilio, a ser posible en una habitación, limitando al máximo el contacto con otros convivientes y manteniendo unas estrictas medidas higiénicas, a la vez que se vigila la posible aparición de síntomas. En este sentido es importante tener en cuenta algunas consideraciones:

  • La realización de una prueba diagnóstica (PCR o test antígeno) con resultados negativos no exime de la realización de la cuarentena. Estas pruebas realizadas a los contactos sirven para la detección temprana de posibles casos:

 

    • Si son positivas será considerado caso, deberán buscarse sus propios contactos y deberá hacer aislamiento.
    • Si son negativas deberá hacer la cuarentena correspondiente. Sea cual sea el resultado deberá aislarse. Puede haber particularizaciones muy concretas para algunos colectivos en algunas comunidades autónomas.

 

  • Las personas vacunadas que se considere que han tenido un contacto estrecho, deben realizar la cuarentena. Dado que no sabemos con certeza que las vacunas eviten que el virus se pueda transmitir a través de esas personas vacunadas (aunque estas no desarrollen la enfermedad), si tienen un contacto estrecho son consideradas como tales y deben hacer cuarentena.

 

  • Por el momento, y según la evidencia actual, las únicas personas que están exentas de la realización de cuarentena son aquellas que ya han tenido una infección confirmada por SARS‐CoV‐2 en los 90 días anteriores, es decir que tengan una prueba positiva (PCR o test de antígeno rápido) de haber tenido una infección en ese periodo. Anteriormente, se incluía también una serología con IgG positiva en los 3 meses anteriores también como eximente, pero ya no se considera así en los últimos procedimientos emitidos por el Ministerio de Sanidad.

 

Para más información sobre qué hacer si eres un posible contacto estrecho de Covid-19, recomendamos que consultes con tu médico de cabecera o contactes con los servicios sanitarios de tu comunidad.

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